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Pero no solo eso. Con el fin de redondear su inversión, atendiendo a lo exiguo del propio término de Geldo, o tal vez a las dificultades de obtención de rentas en un señorío pequeño, Bernat se decidió, pasados unos años, a adquirir propiedades en el término de Segorbe, pero limítrofes con su señorío. Por ello, en enero de 1449, Joan Dervicio, bachiller en decretos y canónigo de la Seo segorbina, en calidad de heredero de su madre Toda Roiç de Corella, esposa que fue del difunto doncel Rodrigo Dervicio, habitante en Segorbe, le había vendido todos los «jura, laudimi et fatice, et alius totius juris emphiteotici [...] que sunt mea», y que por herencia materna había recibido, sobre una serie de parcelas de las que tenía el dominio directo, sometidas a censo, censos que llegaban a la Seo para sufragar los aniversarios instituidos en el testamento por su madre. En conjunto le vende sus derechos sobre 6 parcelas (guinchas o predios), unas al lado de otras, sitas todas en la partida segorbina llamada vulgarmente Els Corrals, pero situadas «iuxta locum vestrum de Cheldo», es decir, limítrofe con dicho lugar, y con afrontaciones entre estas, con el camino real y con dos caminos más, uno que va hacia Segorbe y otro hacia Geldo. Algunas ya eran parcelas de mudéjares de Geldo, pero además, en alguna afrontación, se mencionan otras que están en manos del propio Bernat Sorell, quien obviamente podrá tratar de establecerlas.32

Y esta ampliación se enmarcaría en el contexto del otorgamiento de la carta puebla a los mudéjares de Geldo en 1445, de los establecimientos llevados a cabo por Bernat entre 1447 y 1451, y de las inversiones y mejoras en el molino del lugar. Así, revisada la bibliografía al respecto, no hemos encontrado referenciada ninguna carta puebla de época medieval para el lugar de Geldo.33 Sin embargo, el trabajo archivístico que hemos desarrollado ha dado sus frutos al respecto. Así, sabemos que en 1447, cuando Bernat establece las tierras y casas a Hamet Abrafim, de Geldo, se indica que es «iuxta emperò la carta de la població feta en poder del discret en Francesch Cardona, notari de València, a XXV d’agost any M CCCC quaranta-cinch». A diferencia del resto de establecimientos de esos años, en este se detallan toda una serie de ítems que parecen concordar con el texto de esa posible carta puebla, pues se recogen derechos y capacidades coercitivas del señor, como aparecen, por ejemplo, en la carta de la vecina población de Sot de Ferrer. Aunque el documento está estudiado y transcrito (Aparici, en prensa), resumimos aquí los pilares básicos de este, relativos a la obligación que cada uno de los vasallos de Sorell debía satisfacer a su señor: laudemio y fadiga para el señor de Geldo; pago de 7 sueldos en concepto de censo anual por la vivienda, que se ha de entregar en dos plazos iguales; pago de 1/3 de los frutos y cosechas obtenidos por la tierra campa; por la viña, el porcentaje correspondiente de los 90 sueldos que pagan las viñas; por el dret de present (presencia), entregar anualmente una spalla equivalente a 16 dineros, huevos en cantidad equivalente a 12 dineros y, además, tres gallinas o en su defecto 15 dineros por cada una, según prefiera el señor; hacer entrega de una ayuda monetaria para la vendimia34 o para el acarreo de la vendimia de las viñas del señor, ayuda tasada anualmente en 10 dineros; obligación de hilar una libra de lino anual, o entregar en su defecto 12 dineros; trabajo de dos jornales anuales a petición del señor, o pago de su estimación en 2 sueldos cada uno; transportar durante una jornada los frutos y cosechas del señor hasta la ciudad de Segorbe, a un precio base establecido en 6 dineros; obligación de mantener en buen uso y funcionamiento el azud del lugar a costa de los vasallos; entregar anualmente al señor de Geldo una carga de leña o bien su estimación en 6 dineros; prohibición de extraer estiércol fuera de Geldo; si se arranca viña y se planta cereal, que pague según porcentaje de 1/3 de las cosechas; el pago del derecho de caballería implica el pago del terciodiezmo; derecho del señor a recibir el morabatín; derecho del señor a recibir 1 dinero por cada cabeza de ganado; derecho del señor a recibir 1 dinero por cada colmena de abejas. Estos ítems correspondientes a Geldo coin-ciden con muchos de los que aparecen referenciados en otras cartas pueblas o capítulos establecidos entre un señor y sus vasallos o enfiteutas mudéjares, en una cronología semejante y una geografía no muy alejada, como en Sot en 1394, Almedíjar en 1428 o Vall d’Almonacid.35

Como hemos dicho, el 25 de agosto de 1445, Bernat Sorell otorgó carta puebla a los mudéjares de Geldo. Tal vez, posiblemente, hasta ese mismo momento las relaciones entre los vasallos y el señor se habían basado en alguna otra carta más antigua, por nosotros desconocida. Pero en 1445 algo debía de pasar para que se produjera una nueva redacción. Y una de las posibilidades que ofrece esta tipología documental es la de fijar por escrito toda, o una parte, de las condiciones concretas que se establecen en la relación entre señores y vasallos y, en este sentido, tienen un fuerte carácter de documentos fundacionales de las comunidades respectivas en el contexto de la repoblación de un territorio. Es este uno de los posibles elementos para entender por qué, a mediados del siglo XV, el señor de Geldo otorgó dicho documento: atraer a personas a fin de repoblar el lugar. Pero ¿acaso estaba desierto? Obviamente no era esa la situación, aunque sí es posible que se hubiera producido una cierta reducción del número de habitantes, pues se documenta una mortalidad en torno a 1450 que acabó, entre otros, con la vida de alguno de los jurados de Segorbe. Además, a la mención de la carta puebla se unen los diversos establecimientos de tierras que se documentan, todos, en una cronología muy definida, entre 1447 y 1451. Y esta situación no sería un caso aislado. En un pequeño señorío como es el de Bellaguarda (término de Vila-real, en la Plana de Castelló), el nuevo señor, Antoni Cubells, trató de atraer nuevos vasallos ofreciéndoles casa y tierra entre 1427 y 1428. Poco después vendió el lugar al médico Jaume Ferrer, quien siguiendo los mismos parámetros de atracción (casa y tierra), y añadiendo en algunos casos dinero para la compra de animales, consiguió atraer en 1434 a un cierto número de personas, algunas de las cuales procedían de alquerías próximas, como Carabona, sita en el término de Burriana (Aparici y García, 2004: 171-172). Bernat combinó la carta puebla con una política de establecimiento de tierras vacías a algunos mudéjares ya residentes en Geldo, que ampliarán así su parcelario y podrán establecer mejores políticas de racionalidad en la explotación del terrazgo a nivel privado, lo que redundaba, todo ello, en beneficio del señor por los ingresos en moneda y especie que la disponibilidad de dichas parcelas comportaba. Al menos sabemos que Bernat consiguió aumentar el número de vasallos, pues dos de los establecidos procedían de la vecina localidad de Navajas. Aun así, en esos mismos documentos se sigue mencionando alguna que otra casa vacía y también se mencionan afrontaciones de tierras sin brazos que las trabajen, parcelas todas ellas revertidas en esos momentos al señor del lugar.

Desplazado hasta Geldo, el notario de Valencia Ambrosi Alegret recogió los diversos establecimientos de casas y tierras hechos por Bernat. El 10 de febrero de 1447, varias heredades que fueron de Çahat Ayú fueron establecidas a Hamet Alphauy, alias Jafudá. Ese mismo día, casas, tierras en la huerta y secano, yermos, viñas, higueral y una era se establecieron a favor de Hamet Abrafim. El 12 de mayo de 1451, casas, tierra en la huerta y viña fueron establecidas a Açmen Ozmen, de Navajas, con la condición de residencia. Ese mismo día, también se estableció casas, tierra en la huerta, viñas y una era a Mahomat Muça, de Navajas, con la condición de residencia, y casas, tierras en la huerta y viña a Hamet Abençá, alias Alcayt.36 Finalmente, unamos el hecho de que en 1448 Bernat había iniciado el acondicionamiento del molino del lugar.37

Como vemos, Bernat trató de conseguir que Geldo fuese un señorío lo más rentable posible; ciertamente pequeño en extensión, pero no por ello despreciable para los intereses de un artesano y ciudadano valenciano que ha devenido señor de vasallos. Aun así, todavía cabe otra posibilidad que explique la carta puebla de mediados de siglo, como pueden ser los conflictos derivados del uso abusivo de la jurisdicción, de las exacciones sobre las labores de los mudéjares, o el no respetar usos y costumbres establecidos desde antaño. En ocasiones, los vasallos, como medida de protesta, podían abandonar el terrazgo y huir. Ese sería el caso de la vecina localidad de Sot de Ferrer, distante pocos quilómetros de Geldo, río abajo. En poco más de veinte años, dicho lugar sufrió dos despoblaciones parciales, una en 1394 y otra en 1421.38

¿Pudo Bernat tener conflictos de la misma índole como los tuvo el señor de Sot en una cronología y geografía tan próximas, obligándole a dar una nueva carta puebla? Tal vez sí, pues la documentación conservada en Segorbe muestra, y reitera en ocasiones, el enfrentamiento del señor de Geldo con sus vasallos mudéjares. En septiembre de 1430, Bernat acudió al baile general del reino solicitando un bon alcadí debido a que no lo había en Geldo. Abrahim Albaho, lugarteniente del alcadí de la morería de Valencia, fue requerido para juzgar los debates surgidos y producidos entre los propios mudéjares del lugar (Barceló, 1984: 60).

Pero los problemas de Bernat con sus vasallos mudéjares tuvieron como eje central las disputas respecto a las competencias jurisdiccionales. En 1403, el rey Martí procedió a anular a efectos prácticos un privilegio del rey Pere datado en 1350 por el que los vasallos mudéjares de señorío, al igual que los de realengo, podían heredar el patrimonio correspondiente aunque no fueran residentes. Atendiendo a este nuevo privilegio, en 1437, el señor de Geldo podía afirmar que los señores con jurisdicción plena tenían la capacidad de apoderarse de las posesiones de sus vasallos musulmanes fallecidos cuyos hijos no residiesen en sus dominios, y que esto formaba parte de la costumbre del reino (Torró, 2009: 29).

Cada enfrentamiento de Bernat con sus vasallos mudéjares de Geldo suponía cuestionar la posesión, o no, de determinada jurisdicción. Así, en abril de 1426, ciertas bestias propiedad de varios mudéjares del lugar habían cortado el cereal de algunas parcelas de la alquería, provocando con ello un cierto perjuicio. Bernat procedió a tomar, o requisar, garantías, para que los propietarios de los animales pagaran los daños causados. Pero estos escribieron al justicia de la ciudad de Segorbe, narrándole lo ocurrido, pidiendo una ferma de dret, y recordándole encarecidamente que Bernat no poseía ni la jurisdicción civil ni la criminal sobre ellos, y que solo podía percibir el cuarto y los diezmos de sus terratenientes, y nada más, y que ellos (los afectados) eran vasallos del señor de Segorbe, el conde de Luna, y que por tanto era ante este ante quien debía responder, y no ante Bernat. Por ello, en abril de dicho año, y hasta el propio lugar de Geldo, se desplazó el lugarteniente de justicia de Segorbe y conminó a Bernat a retornar aquellas prendas. La situación no se debió de resolver en primera instancia, negándose reiteradas veces Bernat a devolverlas, lo que aumentó el enojo de los munícipes segorbinos, que le impusieron una multa de 100 florines, que ascendió a 200 poco más tarde, hasta llegar a los 1.000. Aun así, Bernat seguía indicando que el justicia y jurados segorbinos le perturbaban en su jurisdicción. Pero también aquellos reiteraban que Bernat no la poseía. Finalmente, el lugarteniente de justicia ordenó a Bernat que lo acompañase a Segorbe, y allí quedó confinado, en la prisión de la ciudad. Los Palomar, pelaires y tintoreros de oficio, tomaron en capleuta a Bernat, comprometiéndose a que este no saldría de Segorbe. Pero el resentimiento de Sorell para con los mudéjares de Geldo debió de continuar, pues poco más tarde, en junio de 1426, Çaat Alcayt, moro del lugar de Geldo, acudió ante el justicia segorbino «et exposa de paraula que com ell, stant en casa sua, e li fos entrat fortívolament Johan Cafa, sclau d’en Bernat Sorell, demanant una gallina per lo dit en Bernat Sorell, e mà armada ab lo dart embagat e lo punyal tret, e li donàs un colp ab lo dit puntal en lo braz squerre», denunciando tal actuación y agresión. Incluso años más tarde, en diciembre de 1440, Mahomat Galbón, moro vecino de Segorbe pero a la sazón comorant en la alquería de Geldo, indicaba que estando asomado a la ventana de su casa para llamar a su hija, salió de la casa del señor Bernat Sorell un escudero de este llamado Antoni Ferrer, y le llamó goz, y que después le asaltó en la calle con una ballesta para matarlo, y que lo persiguió posteriormente con una lanza.39 Y todo ello bajo la imperturbable mirada, y oído, de Bernat, motivo por el cual el mudéjar clamaba justicia contra ambos. Ante tal situación, el justicia segorbino convocó una reunión con los munícipes, acordando estos que dicho justicia debía ir hasta Geldo y detener al escudero Antoni, e interrogar a Bernat, a quien se dejaría tranquilo si decía no saber nada. Bernat se limitó a decir no saber nada respecto al intento de agresión. Pero que, cuando lo supo, expulsó de casa a su escudero y a otro que le ayudó, su barbero. Aun así, reconoció haber acompañado a sus dos hombres hasta el lugar de Castellnou, haberles pagado la cena y la pernoctación de una noche en el hostal, y después haberles pedido que se marchasen a Valencia. Ciertamente, Bernat no colaboró con la justicia, ni tampoco a favor de su vasallo mudéjar. Y sin embargo, sí protegió a sus hombres.

7. LA CASA EN GELDO

Finalmente, y para concluir, mencionaremos el espacio de hábitat que Bernat poseía en el lugar de Geldo mediante el inventario de 1453. Si lo observamos,40 descubrimos que Bernat disponía en dicho hábitat de todo lo necesario para vivir y, aunque no se diferencien internamente los espacios, siguiendo el itinerario de los objetos listados podemos hacernos una imagen mental de este. Así, por ejemplo, en lo que debían de ser los dormitorios, disponía de 3 camas completamente equipadas con sábanas, colchones, cojines, etc., si bien se distinguía muy bien que una cama, la grande, era de 14 palmos, y las otras dos, más pequeñas, eran de 11 palmos. Además, la grande se caracterizaba por tener unas cortinas decoradas con la señal de Sorell, lo que implica, obviamente, que esa era la cama del señor (recordemos que en 1440 habitaban allí Bernat, un barbero y el escudero Antoni Ferrer). En lo que podía ser el comedor, se diferenciaban a su vez dos mesas, una grande, de madera de nogal, y otra más pequeña de pino, pero retráctil (con bisagras) y estropeada por la carcoma. Para poder sentarse, varios bancos y sillas, y también varios candelabros para iluminación. Como servicio de mesa, Bernat disponía de algunos platos y cucharas de plata, un salero, una copa con pie, y varias escudillas, alguna con asas. En lo que podría ser la cocina se citan varios útiles para preparar comidas, como el foguer de ferre, ollas y cazuelas, alambiques, parrillas, una giradora y varios hierros para cocinar, así como recipientes para medir grano. También las reservas alimentarias son considerables, con 5 cahices de paniç, otros cinco de forment, y hasta dos de dacsa, que se complementan con los diversos recipientes de la bodega y que contienen vino griego, malvasía, tinto, vinagre y también aceite. Además, en esta bodega se guardan los diversos útiles para la vendimia y obtención del mosto o vino. Finalmente, otro espacio diferenciado podría ser el establo, donde se localizan dos mulas de albarda, varias sillas de montar, y hasta un arado con su yugo, collar y ejes. No en vano, en alguna de las dependencias de la casa se muestra que Bernat tenía todo lo necesario para aco-meter las labores del agro, pues además de dicho arado se documentan hachas, serruchos, martillos, tenazas, podadoras, hoces, librillos, azadas y legones, escaleras para coger fruta, y una romana con todos sus arreos para pesar. Además, Bernat estaba preparado para afrontar pequeñas obras en su casa, pues disponía de artesas para cribar el yeso, tablones y piezas de madera para fabricar tapias. Pero no hemos de olvidar que Bernat era el señor de Geldo y, por tanto, su casa debía estar equipada con armamento. Así se localizan cinco ballestas (una de acero y cuatro de madera) con todo su equipo, más dos cascos (uno de ballestero), varias corazas y escudos, tres lanzas, una espada, una adarga, etc. Pero especialmente destaca la presencia de una caja donde Bernat tenía una bombarda y cierta cantidad de pólvora. Como vemos, un pequeño arsenal para un reducido grupo de combatientes. Finalmente, cabe mencionar que también se toma nota de la presencia de una cadena con su collar y grilletes para mantener preso a alguien.

BIBLIOGRAFÍA

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CUADRO 1

Censales propiedad de Bernat Sorell*




* El presente trabajo se integra en el proyecto de investigación «Identidades urbanas Corona de Aragón-Italia: redes económicas, estructuras institucionales, funciones políticas (siglos XIV-XV)» (años 2012-2015, referencia HAR2011-28861), financiado por el Gobierno de España (Ministerio de Economía y Competitividad) y dirigido desde la Universitat de València por Paulino Iradiel Murugarren. A su vez, el autor forma parte del grupo DIMPA de la Universitat Jaume I.

1 Archivo de Protocolos del Real Colegio Seminario de Corpus Christi de Valencia (en adelante, APRCSCCV), protocolo 20701 (1433-03-28). En este testamento, ya dice Bernat que quiere ser enterrado en dicha capilla. Recordemos que Bernat había contratado en 1417 la construcción de aquella, bajo advocación de San Mateo y San Genís, en la iglesia parroquial de Santa Caterina, en Valencia, incluyendo en 1418 el forjado de hierro, con sus medidas y decoración, como veremos más adelante.

2 Berenguer dictó testamento en Valencia el 2 de mayo de 1382. Se publicó tres días después de su fallecimiento, el 20 de mayo de dicho año. La referencia figura en un documento posterior. APRCSCCV, protocolo 20713 (1445-10-07). Francisca dictó testamento el 3 de junio de 1412, publicándose el 12 de junio de 1415. Bernat, como albacea, cumple con las mandas testamentarias. APRCSCCV, protocolo 13900 (1412-06-03) y protocolo 13899 (1416-01-11 y 06-13).

3 APRCSCCV, notal 1118 (1450-06-06).

4 En junio de 1451 se nos indica que Jaume y Tomàs Sorell fueron declarados por la curia civil de Valencia curadores de la persona y bienes de su padre, «ut de nostra potestate constat instrumento acto in dicta curia, die vicesima quarta novembris, anni proxime preteriti», es decir, que la incapacidad de su padre tuvo como fecha legal de inicio el 24-11-1450. Un documento de mayo de 1451 indica que el zapatero Jaume de Sentjohan, vecino de Valencia, confesaba recibir de los hermanos Sorell 10 libras y 14 sueldos «pro tempore VI mensium XV dierum quibus servivi vobis, dicto Bernardo, in infirmitatem vestram, et incipi die XVIII octobris anni M CCCC L». Es decir, los hijos de Sorell contrataron al zapatero para que atendiera a su padre, iniciando esa labor el 18-10-1450. Los hijos obtuvieron la incapacitación de Bernat un mes más tarde, el 24-11-1450. Y el zapatero estuvo sirviendo a Bernat, al menos, seis meses y medio. APRCSCCV, protocolo 29041 (1451-05-24 y 06-04).

5 Así, en 1453 se procedió a inventariar los bienes de Bernat tras su óbito. Se diferenciaron claramente tres listados, a saber: los bienes de Bernat en casa de su hijo Jaume, los que tenía en casa de su hijo Tomàs y, finalmente, los bienes de la casa de Geldo. En el primer caso se indicaba que «en casa mia [de Jaume Sorell] en la qual yo a present habite, e en la qual lo dit quondam pare nostre habitava e yo ab aquell era en ses darrers dies». Según estas líneas, Bernat falleció en casa de Jaume. Allí disponía de cama y se enumeran de forma breve varios bienes. Pero también había habitado en casa de su otro hijo, pues este indica «Thomàs Sorell en la casa on habite, en la qual lo dit quondam pare nostre solia habitar ab sa muller e família». También aquí disponía de cama, y se mencionan muchos más bienes, y más variados, lo que induce a pensar que aquí pasó más tiempo, aunque acabó sus días en casa de Jaume. En este último listado se nos indica que Bernat tenía «una sclava appellada Marta de edat de XXXX anys o pus», quien como hemos indicado tal vez se ocupase personalmente de Bernat. APRCSCCV, notal 1108 (1453-06-18).

6 Pago de telas de luto y viaje a Torroella para cumplir mandas testamentarias. APRCSCCV, notal 1108 (1453-06-06 y 12; 07-15).

7 Pere Sorell, de oficio pelaire, figura como testigo en el reconocimiento de pago que a Bernat hizo el pañero de Oriola Pere Boadella en 1430, así como en dos pagos censales efectuados en 1433 por, y para, con Bernat, ambos actos documentados el mismo día. En el testamento de 1433, Bernat nombra a Pere y Jaume, hijos suyos, como albaceas testamentarios. También lega a un Pere Sorell, pelaire vecino de Valencia, la cantidad de 25 libras. Pero esta anotación en el documento aparece fría, sin emotividad, pues en ningún momento indica que se trate de su hijo, cosa que sí hace cuando lega a su otro hijo, Jaume, la tintorería. Con todo, al final del documento, y ahora sí, menciona a sus tres hijos habidos con Esclaramunda, entre los que se incluye a Pere, nombrándolos herederos universales. Pero en el codicilo de agosto de 1434, Bernat revocaba el legado de 25 libras hecho a Pere. ¿Era este Pere su hijo? Si lo era, ¿se mostraba Bernat enfadado o descontento con él, tal vez por la marcha de este a las guerras de Nápoles? Pere debió de morir en aquellas lides, y sabemos que, tras su fallecimiento, Bernat se hizo cargo del pago de las deudas que aquel mantenía, como el precio de unas ropas, una silla de montar y cierta cantidad por un préstamo que había gestionado su hijo Pere, así como también reconocía una letra de cambio librada desde Gaeta, cerca de Nápoles, por 125 ducados. En 1450, Bernat redactó un nuevo codicilo reconociendo el fallecimiento de su hijo y revocándolo, obviamente, como albacea. Pere se había casado con Violant Aguiló, hija de Andreu Aguiló, caballero de Valencia. De este matrimonio nacerá Bernat Sorell (II), quien acabará heredando el lugar de Geldo tras los óbitos de sus tíos Jaume y Tomàs, sin descendencia masculina para continuar el vínculo. APRCSCCV, protocolo 20701 (1433-03-28 y 05-29), protocolo 20702 (1434-08-06), protocolo 20711 (1443-08-16, 29 y 30), notal 1118 (1450-06-06).

8 Jaume también fue nombrado albacea testamentario en 1433, además de heredero universal. En dicho testamento se le benefició con la donación en vida de la casa de tintes y materias colorantes allí ubicadas que poseía Bernat, siempre y cuando siguiese en el oficio de tintorero. En estos menesteres estaba introducido, pues Jaume ayudaba a su padre en los negocios, como veremos en los pagos por tintado de los paños de Boadella. Además, a partir de 1451 Jaume, junto con su hermano Tomàs, actúan como curadores de los bienes y negocios de su padre cuando fue incapacitado y, al igual que aquel, acogió a su padre en casa durante los últimos años de su vida. Pero Jaume también tenía intereses propios y, siguiendo el ejemplo trazado por Bernat, invertirá en el negocio de los cen-sales (véase más adelante). Si Pere Sorell casó con Violant Aguiló, hija de un caballero de Valencia, su hermano Jaume emparentó con una de las familias más conocidas en la ciudad a mediados del siglo XV, los Penarroja. En 1444, Jaume reconocía que Miquel y Joan de Penarroja, herederos junto a sus otros hermanos del difunto Bernat de Penarroja, y a su vez tutores y curadores de estos, le habían entregado 10.000 sueldos de complemento de los 30.000 sueldos correspondientes por la dote de Violant, esposa de Jaume y hermana de los Penarroja. Observemos, en este caso, la evolución de la cantidad dotal que recibe Jaume, 30.000 sueldos, respecto a aquella que había recibido su padre Bernat años atrás, y que ascendía a 9.000 sueldos. Ello es síntoma del prestigio y reconocimiento que Jaume había adquirido, así como también de su ascenso social. APRCSCCV, protocolo 20712 (1444-12-¿?). La relación entre los Sorell y los Penarroja se fraguó con este matrimonio, al igual que los negocios entre ambas familias. Pero Jaume murió en 1454 (Rodrigo, 2013: 168).

9 Como sus hermanos, Tomàs había sido nombrado heredero universal por su padre en el testamento de 1433, y albacea junto a Jaume en el codicilo de 1450. Al igual que Jaume, acompañó en sus últimos días a su padre. Pero la intervención de Tomàs en los asuntos de su padre, y también de su madre, provenía de unos años antes. En junio de 1446, Bernat lo nombró procurador para que en su nombre pudiera exigir, por un lado, 37 libras de pensión censal y, por otro, otras 25 libras, de sendos censales cuyo cobro poco antes le había cedido su hijo Jaume. Ese mismo año, Tomàs recibía en nombre de su padre el pago censal de la universidad y aljama de Callosa, y también ese año actuaba entregando las 60 libras del censal que acababa de vender su madre Esclaramunda. De hecho, Tomàs actúa como procurador de su madre en 1448, mencionando que el acto de procura se remontaba a enero de 1433. APRCSCCV, protocolo 20714 (1446-06-17), protocolo 20716 (1448-11-16). Enfermo su padre, y en nombre de este, en 1451 Tomàs recibía el juramento de fidelidad de los mudéjares de Geldo. APRCSCCV, protocolo 20941 (1451-05-07). Ya en vida, su padre le había cedido una serie de censales en contemplación de matrimonio, censales que Tomàs reconoce poseer en el inventario de bienes post mortem de Bernat. Su cuñada Violant, esposa de Jaume, y en calidad de procuradora de Tomàs, firmaba la redención de un censal el 11-08-1453. Dicho censal de 1.000 sueldos anuales (cargado el 04-01-1449) fue donado por Bernat a su hijo Tomàs en contemplació de matrimoni, matrimonio que fue efectuado el 04-08-1453 (dos meses después del óbito de su padre. Se trata de una nota marginal fechada el sábado 11-08-1453, pero contenida en el documento original de cargo censal). APRCSCCV, protocolo 20717 (1449-01-04). Tomàs casó con Elionor de Cruïlles, hija de Lluís de Cruïlles, ciudadano y señor de Alfara, quien aportó en dote la considerable suma de 30.000 sueldos, cantidad idéntica a la dote que había recibido su hermano Jaume. Tomàs, que había recibido en herencia el lugar de Geldo tras la muerte de su hermano Jaume en 1454, compró Sot de Ferrer a Jofré de Vallterra en 1474, y finalmente Albalat de Codinats (después dels Sorells) en marzo de 1480. Tomàs moría el 15-11-1485, nombrando heredero universal a su sobrino Bernat Sorell (II), el hijo del malogrado Pere (Rodrigo, 2013: 169-170).

10 APRCSCCV, protocolo 13901 (1408-08-04), protocolo 20701 (1433-03-28), notal 1108 (1453-06-18).

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574 стр. 74 иллюстрации
ISBN:
9788491343363
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