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Buitrago Campos, Lida

Gestión territorial, una alternativa para la reparación a las víctimas: el caso de asentamientos informales en Mocoa (Putumayo) / Lida Buitrago Campos, Jenny Marcela López Gómez, Myriam Fernanda Torres Gómez. – Primera edición. – Bogotá: Ediciones Unisalle, 2021.

142 páginas: fotografías, gráficas, mapas; 23 cm.

Incluye referencias bibliográficas

Incluye lista de fotografías, gráficas, tablas, mapas y planos

ISBN 978-628-7510-04-3 (impreso)

ISBN 978-628-7510-05-0 (PDF)

ISBN 978-628-7510-06-7 (ePub)

1. Ordenamiento territorial – Mocoa (Putumayo, Colombia) 2. Desarrollo urbano sostenible – Mocoa (Putumayo, Colombia) 3. Reparación (justicia penal) – Mocoa (Putumayo, Colombia) 4. Adjudicación de tierras – Mocoa (Putumayo, Colombia) 5. Víctimas de la violencia – Colombia I. López Gómez, Jenny Marcela II. Torres Gómez, Myriam Fernanda III. Título

CDD: 303.6 ed.22

CEP-Universidad de La Salle. Dirección de Bibliotecas

ISBN impreso: 978-628-7510-04-3

ISBN PDF: 978-628-7510-05-0

ISBN ePub: 978-628-7510-06-7

Primera edición: Bogotá, D. C., septiembre del 2021

© Universidad de La Salle

© Lida Buitrago Campos

© Jenny Marcela López Gómez

© Myriam Fernanda Torres Gómez

Edición

Ediciones Unisalle

Cra. 5 n.º 59A-44, Edificio Administrativo, 3.er piso

PBX: (571) 348 8000, extensiones: 1224 y 1226

edicionesunisalle@lasalle.edu.co

https://ediciones.lasalle.edu.co/

Dirección editorial

Alfredo Morales Roa

Coordinación editorial

Andrea del Pilar Sierra Gómez

Corrección de estilo

Marcela Vallejo Quintero

Diseño de portada

Andrés Pérez

Diagramación

Diahann Molano

Queda prohibida la reproducción total o parcial de este libro por cualquier procedimiento, conforme a lo dispuesto por la ley.

Agradecimientos

A la suboficina de ACNUR Mocoa, en especial a María Isabel Santa Cruz, Nidia Toro, Harold Juajibioy y a las demás personas que nos apoyaron durante las estancias en el lugar.

A Jorge Luis Rodríguez, Diana García y María Fernanda España, en Opción Legal.

A Adriana Enríquez, en el programa de víctimas de la Gobernación del Putumayo.

A la Universidad de La Salle, en especial a la Vicerrectoría de Investigación y Transferencia por su apoyo y financiación.

A las comunidades de Villa Rosa I, II, San Isidro, Palermo Sur y José Homero por compartirnos sus experiencias y vivencias.

A los estudiantes de Arquitectura y Trabajo Social quienes desde sus trabajos de grado contribuyeron a nuestro trabajo investigativo, a cada uno de ellos mil gracias.

A nuestras familias por darnos su apoyo y el tiempo para desarrollar la investigación con el fin de un país mejor.

Equipo de investigación

Contenido

Agradecimientos

Presentación

Introducción

PRIMERA PARTE

Capítulo 1. Análisis conceptual

Reconstrucción conceptual: reparación integral, tejido social y desarrollo sostenible

Reparación integral: conceptualización jurídica y psicosocial

Tejido social: vínculos entre la innovación y el capital social

Tejido social: resignificación de las dinámicas territoriales

Paradigma emergente y desarrollo sostenible en perspectiva territorial

Desarrollo sostenible y gestión territorial: propuesta multidimensional

La memoria un articulador del territorio y la reparación

Memoria colectiva

Memoria histórica

Memoria barrial

Capítulo 2. Justicia transicional: reparación a las víctimas desde la estructura normativa

Capítulo 3. Análisis de la justicia transicional y la gestión territorial

SEGUNDA PARTE

Capítulo 4. Situación de las víctimas en Colombia

Planes de reubicación aprobados: el caso de Mocoa

El primer Plan Piloto de reubicación: el asentamiento de San Isidro

Plan de reubicación del asentamiento de Palermo Sur una integración inconclusa

Capítulo 5. Relación entre la categoría de los municipios y la reparación a las víctimas

El caso de Mocoa un municipio de sexta categoría

Capítulo 6. Tejido social a través de la memoria: una respuesta a la reparación integral

Una aproximación a las memorias colectivas de asentamientos en Mocoa

Aportes de la memoria a la reparación integral

Pistas metodológicas para la reconstrucción de memoria colectiva como insumo para la gestión del territorio

Línea del tiempo

Actualización de diagnósticos de asentamientos

Planeación participativa del territorio

Gestión del desarrollo territorial

Reparación integral

Consideraciones finales

Referencias

Anexo

Instrumentos de gestión

Lista de fotografías

FOTOGRAFÍA 1. Asentamientos Nueva Esperanza, Porvenir, Quince de Mayo, en Mocoa.

FOTOGRAFÍA 2. Asentamientos Paraíso y Villa Rosa, Mocoa.

FOTOGRAFÍA 3. Asentamiento Palermo Sur, Mocoa.

FOTOGRAFÍA 4. Asentamiento San Isidro, Mocoa.

FOTOGRAFÍA 5. Cuerda de los recuerdos.

Lista de gráficas

GRÁFICA 1. Esquemas ordenamiento-asentamientos informales.

GRÁFICA 2. Número de municipios en Colombia que poseen víctimas según el rango de víctimas.

GRÁFICA 3. Víctimas del conflicto por departamento Colombia.

GRÁFICA 4. Relación entre municipios de Colombia y el porcentaje de víctimas con respecto a su población

GRÁFICA 5. Número de asentamientos informales por municipio en Colombia.

GRÁFICA 6. Asentamientos legalizados y en curso ACNUR, Colombia.

GRÁFICA 7. Línea de tiempo de planes de reubicación aprobados por la Unidad de Víctimas, municipio de Mocoa.

GRÁFICA 8. Edades de la población del asentamiento de San Isidro. Total de familias: 21, encuestadas: 8.

GRÁFICA 9. Número de personas por familia, asentamiento San Isidro, Mocoa. Total de familias: 21; encuestadas: 8.

GRÁFICA 10. Nivel de escolaridad vs. rango de edad en San Isidro, Mocoa.

GRÁFICA 11. Actividades económicas en el asentamiento San Isidro, Mocoa.

GRÁFICA 12. Edad de la población 2014-2019, asentamientos Palermo Sur, Mocoa.

GRÁFICA 13. Personas por hogar, asentamiento Palermo Sur, Mocoa. Total de familias: 93; encuestadas: 28.

GRÁFICA 14. Nivel educativo, asentamientos Palermo Sur, Mocoa. Total familias: 93; encuestadas: 28

GRÁFICA 15. Actividad económica. Asentamiento Palermo Sur, Mocoa. Total familias: 93; encuestadas: 28

GRÁFICA 16. Categoría de municipios de Colombia 2002-2018.

GRÁFICA 17. Municipios categorizados en la sexta categoría entre 2002 y 2019.

GRÁFICA 18. Cuadro comparativo DANE 2005, Ley 617 de 200 y Ley de Víctimas a julio del 2019.

GRÁFICA 19. Categoría de municipios de Colombia.

GRÁFICA 20. Línea del tiempo asentamiento de San Isidro.

GRÁFICA 21. Propuesta memoria colectiva para gestión del territorio.

GRÁFICA 22. Enfoque de la reparación.

Lista de mapa y planos

MAPA 1. Categoría de municipios de Colombia.

PLANO 1. Asentamientos Plan de Reubicación aprobado municipio de Mocoa.

PLANO 2. Avalúos de predios en el municipio de Mocoa 2016.

PLANO 3. Área predios urbanos del municipio de Mocoa, 2016.

PLANO 4. Avalúos predios urbanos sector sur, municipio de Mocoa 2016.

PLANO 5. Avalúos de predios urbanos. Sector central del municipio de Mocoa 2016.

PLANO 6. Avalúos de predios urbanos. Sector norte del municipio de Mocoa 2016.

PLANO 7. Avalúos de predios urbanos en el Municipio de Mocoa 2017.

PLANO 8. Avalúos predios urbanos sector sur Municipio de Mocoa 2017.

PLANO 9. Avalúos de predios urbanos en el sector central del municipio de Mocoa (2017)

PLANO 10. Avalúos de predios urbanos en el sector norte del municipio de Mocoa 2017.

Lista de tablas

TABLA 1. Normativa sobre víctimas.

TABLA 2. Normativa sobre ordenamiento.

TABLA 3. Avances en proceso de legalización y titulación.

TABLA 4. Asentamientos seleccionados en Mocoa.

TABLA 5. Comparativo Censo y víctimas en municipios de Colombia.

TABLA 6. Presupuesto municipio de Mocoa 2018.

TABLA 7. Avalúos de predios en el área urbana Mocoa 2016.

TABLA 8. Rango de avalúos área urbana Mocoa 2017.

TABLA 9. Rango de avalúos área urbana Mocoa 2017.

TABLA 10. Presupuesto municipio de Mocoa 2018.

TABLA 11. Comparativo antes y después de tener la tierra.

Presentación

Este libro surge de la investigación Valoración del impacto de la legalización de asentamientos informales en la economía del municipio de Mocoa, realizada con el apoyo de la Vicerrectoría de Investigación y Transferencia de la Universidad de La Salle y con el acompañamiento de la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), suboficina Mocoa.

La investigación se desarrolló en el municipio de Mocoa a través del programa de ‘Soluciones duraderas’ que establece ACNUR con el fin de garantizar el restablecimiento de los derechos de la población víctima del conflicto armado en Colombia. Ese programa se enfoca en la reparación a través de procesos de legalización y titulación de asentamientos de origen informal de población víctima, mediante los planes de retorno y reubicación.

El proceso de legalización y titulación se realizó en alianza con otras instituciones como la Gobernación del Putumayo, la Unidad de Víctimas, la Alcaldía de Mocoa, entre otras. Esta investigación se desarrolló en el periodo comprendido entre julio del 2018 y diciembre del 2019. El grupo de investigación contó con el apoyo de estudiantes de pregrado que se articularon al desarrollo de la investigación a través de los programas de arquitectura de la Facultad de Ciencias del Hábitat y el programa de trabajo social de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de la Salle realizando su práctica profesional y sus trabajos de grado.

Introducción

Los municipios en Colombia pasaron de un proceso centralista dependiente a uno descentralizado a partir de 1986, en ese momento empezaron a ser gestores en la consecución de sus recursos. Esto fue establecido en la Constitución de 1991:

art.1. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

La descentralización implica que los municipios evidencien sus potencialidades y debilidades y las plasmen inicialmente en los planes de ordenamiento territorial como lo especificó la Ley 388 de 1997. Esta Ley reforzó los instrumentos de gestión de recursos que ya se habían esbozado en la Ley 9 de 1989. La Ley 136 de 1994 estableció el funcionamiento de los municipios y la Ley 1551 de 2012 definió que estos territorios reciben financiamiento en función de su tamaño y de los recursos que generen.

Sobre estos territorios que se encuentran en construcción se sobrepone la violencia que ha sufrido nuestro país, uno de cuyos efectos fue el desplazamiento forzado de personas que después se denominarían víctimas. Estas poblaciones no se encuentran contabilizadas dentro de los territorios donde se asentaron. Por consiguiente, se plantea la siguiente pregunta: ¿cuáles son las potencialidades y también las limitaciones que los instrumentos de gestión territorial ofrecen a la reparación integral a las víctimas de desplazamiento en el escenario del retorno y/o la reubicación?

En la Ley 387 de 1997 sobre desplazados y en la Ley 1448 de 2011 sobre víctimas se establecen los procesos de reparación individual o colectiva que son apoyados a través de planes de retorno y reubicación como instrumentos de planeación. Desde la denominación de desplazados han pasado 24 años y desde su denominación como víctimas han pasado diez. Según cifras de 2019 hay 8 895 978 víctimas, 6 861 323 de las cuales están sujetas a reparación, pero esto no quiere decir que hayan dejado su condición de víctimas. Desde la Ley 1448 de 2011 se inició un proceso de transición para darle fin al conflicto, situación que no se encuentra superada. En cuanto a la reparación de las víctimas, aunque estas se encuentren identificadas en las bases de datos de la Unidad de Víctimas, la realidad que se encuentran en los municipios es otra: se limita a una cifra, se desconoce su ubicación en el territorio, si están en zona urbana o rural, si han conformado asentamientos, etc.

Ante esto surge la pregunta: ¿a qué se enfrenta un municipio como Mocoa al pensar en reparación, si el 50 % de su población es catalogado como víctima y se ha documentado que existen 21 asentamientos informales originados por el desplazamiento? Los municipios que se encuentran en sexta categoría como es el caso de Mocoa, poseen recursos limitados, sus bases cartográficas y catastrales son desactualizadas, todo ello impide que puedan obtener recursos para cubrir las necesidades básicas de la población. Los procesos que implican la legalización y titulación de los predios se evidencian a través del apoyo de organizaciones no gubernamentales.

La construcción normativa desde las políticas económicas, sociales y territoriales existe en forma de instrumentos legislativos, pero la implementación es el gran reto para las entidades territoriales. De los 1123 municipios que posee el país 963 se encuentran en sexta categoría, generando un mínimo de recursos. Los restantes 160 se encuentran entre la categoría especial y la quinta categoría, según datos de la Contaduría General de la Nación. La realidad es que la mayoría municipios no suple sus necesidades básicas y aunque existen los instrumentos, la falta de personas idóneas o con experticia en estos procesos los mantiene con una baja generación de recursos. La Ley 136 de 1994 establece que para obtener recursos los municipios deben tener un monto sobre los ingresos corrientes y cierta cantidad de población según la base oficial del DANE, para ello se debe remitir al censo de 2005. Esto está lejos de ser una cifra actualizada y desconoce el número de personas víctimas del conflicto que se ubican en estos territorios.

Adicionalmente, el 83 % de los 1123 municipios que posee Colombia, es decir 930, tiene un Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT), con unos grandes déficits. Desde la formulación de estos planes de ordenamiento se debe incluir a los municipios priorizados a través de los Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial (PEDET). Ese es uno de los lineamientos de los Acuerdos de La Habana con relación al desarrollo rural y es otro elemento que suma a la planeación del territorio una estrategia para suplir las necesidades inconclusas desde el sector rural.

Este trabajo surge de una investigación anterior en Mocoa en la que fueron analizados siete de los asentamientos conformados por población víctima en la zona suburbana y rural. Fue posible constatar que las víctimas se encuentran identificadas ante la Unidad de Víctimas, pero la administración municipal no las ha incorporado a la zona donde se encuentran y aunque han apoyado los procesos de legalización, esto solamente se ha dado en 3 de los 21 asentamientos que existen en el municipio. Entonces surgen las preguntas: ¿qué limita a estos municipios en el proceso de reparación?, ¿ la fecha en qué se ha avanzado en el proceso de los primeros planes de retorno y reubicación?, ¿qué impide a la administración municipal generar recursos para restituir los derechos de esta población?, ¿en qué momento esta población puede dejar su condición de víctima?

Para esta investigación se contó con el apoyo de ACNUR suboficina de Mocoa y la Unidad de Víctimas para analizar la situación de los primeros planes de reubicación. Para ello, fueron seleccionados el asentamiento de San Isidro, en la zona rural, y, en la zona urbana, el asentamiento de Palermo Sur. La administración municipal aportó las bases catastrales urbanas de los años 2016-2017 para analizar el tamaño de los predios en función del valor catastral con el fin de lograr una aproximación a la realidad de los recursos que genera. Esto se confrontó con el presupuesto vigente para el 2018.

El trabajo comunitario fue esencial para el proceso investigativo. Las comunidades de San Isidro y Palermo Sur contaron con el apoyo del equipo de trabajo social para realizar actividades de memoria, cartografía social y mapeo de sus debilidades y fortalezas, y así identificar los avances. En las diferentes etapas de la investigación se realizaron talleres con las comunidades y con los entes gubernamentales con el fin de socializar los resultados y recibir retroalimentación.

En la primera parte de este libro se analizan las bases conceptuales, teóricas y normativas. Así, en el primer capítulo se presentan las bases teórico-conceptuales; en el segundo se establece la base normativa para el tratamiento de las víctimas del conflicto a través de la justicia transicional; en el tercer capítulo se analiza la justicia transicional y la gestión territorial, como una construcción desde arriba.

En la segunda parte del libro, en el cuarto capítulo se presentará la situación de las víctimas en el contexto colombiano, para identificar los avances a través de los planes de reubicación; en el quinto capítulo se darán horizontes para los procesos de reparación a través de la gestión territorial desde la base de los planes de ordenamiento y la relación de las categorías de los municipios con las víctimas como una construcción intermedia y en el sexto capítulo se abordará la gestión social desde las comunidades como la base de una construcción desde abajo.

PRIMERA PARTE

Capítulo 1. Análisis conceptual

Reconstrucción conceptual: reparación integral, tejido social y desarrollo sostenible

El desarrollo sostenible desde la ecología contemporánea implica para Escobar (1995) diálogos interdisciplinares con actores institucionales y sociales de base, como práctica ético-política que visibiliza las luchas hacia la consolidación de identidades colectivas que resignifiquen las fronteras y relaciones sociales y culturales. Por lo anterior, las categorías conceptuales de construcción de tejido social y desarrollo sostenible en perspectiva territorial configuran una alternativa a la relación polémica que surge entre sociedad y naturaleza, a partir del cuestionamiento por el deterioro que genera la noción tradicional del desarrollo respecto a la dimensión ambiental, concibiendo el mundo como un sistema complejo. Esta lectura pone el énfasis en procesos territoriales en torno a la planeación y gestión territorial y atención a víctimas del conflicto armado interno desde el retorno y la reubicación como estrategia de reparación integral.

Bajo esta perspectiva, el presente capitulo reconstruye una serie de abordajes teóricos y conceptuales alrededor de las categorías: reparación integral, tejido social y desarrollo sostenible. Ellas son los ejes transversales que orientaron el proyecto de investigación Valoración del impacto de la legalización de asentamientos informales en la economía del municipio de Mocoa, cimentados bajo el paradigma emergente como base epistemológica de la lectura del contexto territorial del municipio de Mocoa, Putumayo.

Reparación integral: conceptualización jurídica y psicosocial

La reparación integral como concepto será abordado desde lo jurídico. Su conceptualización se plantea como horizonte de sentido para comprender los análisis desarrollados en el capítulo dos y tres respecto a la permanente búsqueda de una reparación integral para las víctimas, atenuando un acercamiento psicosocial que plantea como eje transversal la reparación asociada a las garantías de justicia, verdad y no repetición.

Desde la visión jurídica es deber del Estado, a través de la reparación integral, garantizar a los ciudadanos los derechos que hayan sido violados en contextos de conflicto armado interno. Se trata de un marco normativo que garantiza el goce de derechos y la eliminación de los efectos de las violaciones cometidas ante el Derecho Internacional Humanitario1:

La reparación integral es un derecho de las víctimas que supone para el Estado un conjunto de obligaciones reconocidos en principios, tratados e instrumentos internacionales de Derechos Humanos. Frente a las víctimas del desplazamiento forzado y del despojo de tierras y territorios, estas disposiciones parten de la identificación de los diferentes tipos de daños, desde un enfoque diferencial, así como la interrelación de los derechos que forman parte de la reparación integral, como son: la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. (Becerra et al., 2012, p. 40)

Es así, como la justicia transicional responde a los procesos de transformaciones trascendentes en ámbitos políticos, culturales y sociales. En el caso colombiano, esto tiene que ver con procesos de construcción de paz desde la finalización del conflicto armado interno con diferentes actores (Botero, Saffon, Uprimmy, 2006, p. 13). De acuerdo con el Derecho Internacional, al Estado colombiano le competen tres obligaciones fundamentales respecto a la reparación:

1) el deber de respetar los derechos establecidos en los tratados internacionales; 2) el deber de garantizar el goce y pleno ejercicio de los derechos reconocidos a las personas que se encuentran bajo su jurisdicción, y 3) el deber de adoptar las medidas necesarias para hacer efectivos los derechos protegidos. (Becerra et al., 2012, p. 16)

Los derechos a la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición se encuentran consagrados en varios instrumentos internacionales, y forman parte del bloque constitucionalidad colombiano. Esto supone para el Estado el deber de:

a) Adoptar disposiciones legislativas administrativas y otras medidas apropiadas para impedir violaciones; b) investigar las violaciones de forma eficaz, rápida, completa e imparcial, y en su caso, adoptar medidas contra los responsables; c) dar a las víctimas un acceso equitativo y efectivo a la justicia y d) proporcionar a las víctimas recursos eficaces para garantizar su derecho a la reparación. (Becerra et al., 2012, pp. 43-44)

En relación con la concreción de los deberes estatales, se obliga al Estado colombiano a implementar instrumentos, escenarios y procedimientos para proteger los derechos y la dignidad de las víctimas, teniendo el deber jurídico de:

1) prevenir razonablemente las violaciones a los Derechos Humanos; 2) investigar el alcance de las violaciones que se hayan cometido dentro su jurisdicción; 3) identificar, penalizar y sancionar a los responsables de conductas violatorias de los derechos humanos y 4) reparar el daño causado y hacer cesar sus consecuencias, es decir, el derecho a obtener una adecuada reparación. (Becerra et al., 2012, p. 16)

Cada uno de estos derechos reviste dimensiones individuales y colectivas, componentes diferenciados y pueden ser desarrollados a partir de la implementación de medidas de tipo normativo y reformas institucionales, así como mediante la adopción de procedimientos especiales de tipo administrativo, judicial o extrajudicial, que posibiliten la participación de las víctimas y garanticen el acceso a dichos derechos.

Para Rincón (2013) desde el derecho internacional la reparación hace referencia a una obligación y deber del Estado frente a la vulneración de derechos reconocidos a sus ciudadanos por hechos imputables que atentan contra la dignidad humana, los cuales incluyen: “todo daño causado, tanto el material como el moral” (p. 81). Este concepto de carácter jurídico hace referencia a “cuando se produce una violación de derechos humanos […] las víctimas tienen derecho a un recurso judicial efectivo que les garantice su derecho a la justicia, a la verdad, a la reparación y a las garantías de no repetición” (p. 35). Estableciendo que “el derecho a la reparación abarca todos los daños y perjuicios sufridos por las víctimas y comprende aquellas medidas que buscan suspender los efectos de las violaciones y restablecer a las víctimas en sus derechos” (p. 37-38). Por lo tanto, el Estado debe ser garante de la misma como se reiteró en los párrafos anteriores: “debe garantizarse a las víctimas manifiestas de derechos humanos y/o graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario el acceso judicial adecuado, efectivo y rápido que les garantice acceso a la justicia y procedimientos justos”, el Estado no podrá privarlos de los mismos (p. 38).

La reparación entonces da cuenta de los esfuerzos que el Estado realiza para atender los daños y perjuicios que el hecho generó. Al respecto, Gómez y Márquez (2018) afirman que se debe viabilizar el compromiso del Estado con las víctimas, mediante la configuración de un aparataje institucional, judicial y normativo que promueva la justicia y la garantía de no repetición. Por tanto, “adquieren especial relevancia las formas de reparación no pecuniarias, que han de obedecer a la manera cómo el daño irradia sus efectos nocivos en la órbita material e inmaterial de quien lo padece” (p. 219).

Para Becerra et al. (2012), el derecho a la reparación es entendido bajo dos enfoques:

1) una perspectiva de reparación que privilegia la restitución sobre los demás componentes, haciendo énfasis particularmente en la restitución de bienes de contenido patrimonial, se debe dar prioridad manifiesta al derecho de restitución de tierras y viviendas abandonadas con motivo del desplazamiento, independiente de que se haga o no efectivo el derecho y 2) la otra perspectiva surgió en contextos de graves violaciones a los derechos humanos, en los que se hace difícil o imposible la aplicación de la restitutio in integrum, no prioriza de antemano ningún componente de la reparación y atiende a la complementariedad de todos ellos. (p. 47)

Los autores mencionados sostienen que alrededor de la reparación están la verdad, la justicia y las garantías de no repetición, entendidas como un conjunto de medidas orientadas a evitar la violación de los derechos de las víctimas, a prevenir la repetición de estas violaciones y a asegurar el respeto por el Estado de derecho y la protección de derechos humanos, entendiendo que los procesos de reparación individual y colectiva se instauran según Tonche y Umaña desde una perspectiva de justicia que reconoce tres factores:

primero, la reparación puede extenderse más allá de las dos partes en disputa, cobijando a toda persona o colectividad que pueda haber sido afectada; segundo, el resarcimiento no siempre debe ser material, puede ser moral, según la situación y el consenso entre las partes; tercero, es necesario resaltar que todos los participantes, participando de manera voluntaria en el proceso, tienen por ello normalmente un nivel de compromiso diferente con sus resultados. (2017, p. 235)

En Colombia se han implementado dos leyes relacionadas con este tópico; la primera de ellas fue la Ley de Justicia y Paz, 975 de 2005 y la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, 1448 de 2011. La primera de ellas se caracteriza por enunciar la reparación integral en el marco de los procesos de paz y de reincorporación de grupos al margen de la ley, ubicando desde la perspectiva de la justicia transicional procesos como la restitución, indemnización, satisfacción, rehabilitación y garantías de no repetición. En la segunda Ley (1448 de 2011), la reparación integral emerge del reconocimiento estatal del conflicto armado, ubicando en el centro de los procesos a las víctimas, a partir de procesos de reparación individual y colectivas, integrando componentes de orden material, no material y simbólico (Echavarría e Hinestroza, 2016, p. 131).

Para Becerra et al. (2012), el propósito de este conjunto de garantías es asegurar a las víctimas, en particular, y a la sociedad, en general, que no serán afectadas con la comisión de nuevos crímenes. Las garantías de no repetición, como parte de la reparación integral de los derechos a la tierra y al territorio, deberían concretarse en un conjunto de medidas encaminadas a:

1) dejar sin efecto las normas del derecho interno cuya aplicación favorezca la impunidad frente al desplazamiento forzado, o que contribuyan a la legalización del despojo; 2) fortalecer la independencia de jueces y fiscales en los procesos relacionados con el desplazamiento forzado y el despojo y 3) reconocimiento público de la existencia de víctimas del desplazamiento forzado y del despojo y adopción de medidas legislativas y reformas institucionales que posibiliten la garantía del derecho a la reparación integral. (pp. 51-52)

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ISBN:
9786287510067
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Правообладатель:
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